CIF

  

 Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido.

En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte.

El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional.

El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.

Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.

Obligaciones del Vendedor.

bullet Entregar la mercadería y documentos necesarios
bullet empaque y embalaje
bullet Flete (de fábrica al lugar de exportación)
bullet Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
bullet Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )
bullet Flete y seguro(de lugar de exportación al lugar de importación)

Obligaciones del Comprador.

bullet Pago de la mercadería
bullet Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )
bullet Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
bullet Flete y seguro (lugar de importación a planta)
bullet Demoras
  þ Factura
  þ Certificado de Origen
  þ Lista de Empaque
  þ Conocimiento de Em.
  þ Etiquetación
  þ EXW
  þ FCA
  þ FOB
  þ FAS
  þ CFR
  þ CIF
  þ CPT
  þ CIP
  þ DAF
  þ DES
  þ DEQ
  þ DDU
  þ DDP